
La sustitución de una trabajadora administrativa para ser sustituida por un programa informático fue declarado despido improcedente por el Juzgado de lo Social número 10 de Las Palmas de Gran Canaria.
La trabajadora llevaba 13 años trabajando para una multinacional turística. En diciembre del año pasado la empresa adquirió una licencia de un proceso de automatización robótica de procesos para la gestión de cobros. La sentencia indica que la máquina realiza tareas «desde las 17.15 hasta las 6.00» en los días laborales y «trabaja 24 horas en los días festivos». La empleada recibió una carta de despido “por motivos técnicos”.
El juez no estima que el despido se corresponda con las causas técnicas alegadas por la compañía. “La automatización -como causa técnica del despido objetivo- implica una oposición entre los Derechos Sociales alcanzados por los trabajadores que se vislumbran como obstáculo u óbice para alcanzar un rendimiento empresarial más óptimo, frente a la posibilidad de que un instrumento de producción pueda efectuar ese mismo trabajo sin límite de horas, sin salario ni cotizaciones sociales”, concluye.
Imagen: Pixabay